• El SAG junto a la Seremi de Agricultura verificaron aspectos de sanidad y trazabilidad de productos que aumentan su consumo en septiembre.

A un supermercado de cadena nacional, y con motivo de revisar el cumplimiento a normativas nacionales como la Ley de la Carne y la Ley de Alcoholes, llegó el director regional (s) del Servicio y Agrícola y Ganadero, Cristian Andrade, y la Seremi de Agricultura, Tania Salas. Ambas autoridades hicieron un llamado a la población a disfrutar de las festividades patrias prefiriendo productos cárnicos (bovinos) de origen conocido, que estén a la venta en establecimientos autorizados. Lo mismo para el caso de las bebidas alcohólicas que se consumen tradicionalmente en el mes de la patria como lo son el vino pipeño y la chicha de uva.

“En septiembre tenemos un incremento significativo en el consumo de carne bovina debido a las Fiestas Patrias y, en atención a este aumento, el SAG intensifica las fiscalizaciones que realiza durante todo el año en mataderos, plantas, carnicerías y supermercados. En las inspecciones se verifican el origen de la carne, su rotulación y que las categorías correspondan al tipo de carne que se está ofertando. También, fiscalizamos la venta de bebidas alcohólicas, queremos que los consumidores tengan la garantía de que aquello que están consumiendo cumple con lo que señala la ley 18455, sean productos genuinos y aptos para el consumo, no sean adulterados o falsificados”, señaló la Seremi de Agricultura.

Por su parte, el director regional (s) del SAG dijo que “en la región nosotros contamos con inspectores que trabajan de manera transversal, no sólo fiscalizando aspectos de sanidad animal, trazabilidad y Ley de la Carne, sino otros temas de competencia del Servicio Agrícola y Ganadero. En la práctica son alrededor de 30 los inspectores habilitados para efectuar fiscalizaciones”.

La autoridad del SAG agregó que, los locales de expendio de carne bovina como los expendios de bebidas alcohólicas que sean sorprendidos infringiendo la ley pueden ser sancionados, en tanto el producto eventualmente pudiera quedar retenido a la espera de lo que se resuelva jurídicamente en base a normativas vigentes. “Al consumir carnes no inspeccionadas sanitariamente las personas y núcleos familiares asumen un alto riesgo de contraer no sólo enfermedades gastrointestinales, sino también patologías de los animales que se transmiten al ser humano (zoonosis), como tuberculosis o, hidatidosis, por mencionar algunas más frecuentes”, puntualizó.

Incumplimientos a la normativa

Cabe indicar que, con relación a los productos cárnicos, la fiscalización se enfocó en verificar aspectos como: la condición general sanitaria del producto; la correspondencia de los cortes; el anuncio de las categorías de carne de vacuno; el origen o procedencia de la carne que está a la venta en el local; la cadena de frío; condición de olor y color del producto; transparencia de la información disponible a público- consumidor (en etiquetado y en vitrinas de venta).

De acuerdo a la Ley de Carnes N°19.162 quien infrinja las normas sobre salud animal en los mataderos, trazabilidad del ganado y carne o clasificación de ganado, tipificación de sus canales y nomenclatura de corte; y el que, en el proceso de comercialización, cambie, adultere o elimine una tipificación o nomenclatura ya efectuada, será sancionado con multas de 1 a 500 Unidades Tributarias Mensuales y con el comiso de los productos, sin perjuicio de la clausura temporal o definitiva del local, en caso de reincidencia.

En cuanto a las bebidas alcohólicas, el SAG fiscaliza de manera permanente la potabilidad y genuinidad de los productos que se comercializan en el país (aspectos como potabilidad, rotulación, componentes, y graduación alcohólica). Al momento de comprar, los consumidores deben tener en cuenta que el producto venga en un envase sellado y con etiqueta; que esta última indique claramente el tipo de producto y su grado alcohólico, el nombre y dirección del envasador, y el volumen contenido en el envase, entre otros.

En ese sentido, la ley de alcoholes prohíbe adulterar el producto, ya sea adicionando agua, usando algunos endulzantes artificiales como sacarina, o utilizando preservantes no autorizados. La Ley de Alcoholes N°18.455 establece sanciones que oscilan entre 1 a 150 UTM para quienes transgredan las regulaciones sobre producción, elaboración, comercialización, exportación e importación de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas, subproductos alcohólicos y vinagres.

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