• La iniciativa del parlamentario, junto a un grupo transversal de legisladores, modifica el Decreto Ley 3.516, el Decreto 458 y la Ley 21.442, con el fin de reglar la división de predios rústicos con fines residenciales.
  • Espinoza también respondió a los dichos del ministro de Agricultura, quien dijo que el tema era una “chacota”, afirmando que sus palabras son ofensivas y no se pueden aceptar.

22 de julio de 2022.- El senador socialista por la Región de Los Lagos, Fidel Espinoza Sandoval, salió al paso de la decisión del Ministerio de Agricultura, que pretende prohibir las parcelaciones rurales sin fines agrícolas en el país. Frente a ello, el parlamentario presentó, junto a un grupo transversal de legisladores, un proyecto de ley con el objetivo de mejorar el marco normativo que hoy existe para la subdivisión de predios rústicos, reconocer la realidad ya existente sobre parcelas destinadas al uso residencial, regular futuras subdivisiones para resguardar eventuales impactos ambientales y establecer normas para su correcto entendimiento y aplicación.

De acuerdo al senador, esta iniciativa pretende modificar, entre otros aspectos, el artículo 1 del Decreto Ley N° 3.516, de 1980, que establece normas sobre división de predios rústicos. Para ello, se solicita sustituir su inciso primero por el siguiente: “Los predios rústicos, esto es, los inmuebles de aptitud agrícola, ganadera, forestal y/o de conservación ubicados fuera de los límites urbanos o fuera de los límites de los planes reguladores intercomunales de Santiago y Valparaíso y del plan regulador metropolitano de Concepción, podrán ser divididos libremente por sus propietarios de conformidad a esta ley, siempre que la superficie de cada uno de los lotes resultantes sea igual o superior a 0,5 hectáreas físicas y no sean destinados por sus propietarios y adquirentes a finalidades distintas”.

“La actual normativa legal no se ha hecho cargo de esta nueva realidad, presentando, además, ausencia o poca claridad en conceptos, sin regular de manera eficiente la fiscalización, dejando abierta la puerta para malas prácticas y evidenciando la debilidad de los municipios para resolver los problemas que genera el aumento de la población en sus comunas”, explicó Espinoza.

En ese sentido, detalló que “siendo atendibles las razones de algunos respecto del eventual daño medio ambiental que pueden generar algunas subdivisiones en zonas protegidas o vulnerables, no existe normativa que limite o impida practicar subdivisiones prediales. Por esto, se hace también necesario mejorar la legislación vigente para que se haga cargo de estas materias”.

Cabe señalar que, por lo general, quienes optan por vivir en un ambiente rural o campestre lo hacen con el espíritu de cuidar y preservar el lugar, sin que dicha conducta por sí misma pueda estimarse como generadora de algún daño ambiental mayor al inherente a una explotación agrícola o forestal intensiva del suelo.

“Estoy de acuerdo con más regulaciones, exigencias y que más organismos participen en las decisiones, porque hoy es muy fácil parcelar, pero muy distinto es prohibir, dañando las posibilidades de que la gente pueda tener parcelaciones que cumplan con las normas y respeten el medioambiente”, afirmó Espinoza.

Por ello, el parlamentario aseguró que el decreto del Gobierno, amparado por los ministerios de Agricultura y Vivienda, es arbitrario, ilegal, discriminatorio y antidemocrático. “Es un mecanismo que pretende pasar por sobre la ley. Por ello, vamos a recurrir a todas las instancias que sean posibles”, manifestó.

“Los dichos del ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela, sobre que las parcelaciones son una “chacota” son absolutamente ofensivas y no las vamos a aceptar.  Con mucho respeto, la única “chacota” que hemos tenido han sido sus cuatro meses como ministro, porque no ha ayudado a los pequeños agricultores y ha visitado la Región de O´Higgins, donde tiene claros intereses políticos, más de 20 veces en este tiempo. El resto del país para él no existe”, aseguró Espinoza.

La iniciativa del senador socialista, que modifica el Decreto Ley N° 3.516, el Decreto 458 y la Ley 21.442, con el fin de regular la división de predios rústicos con fines residenciales, toma en consideración los tiempos que requiere actualizar los planos reguladores comunales y que las ciudades no tienen capacidad material de recibir un aumento importante de población en suelos urbanos y no ofrecen suficiente oferta de viviendas, provocando que el precio de éstas crezca sostenidamente. “Esta situación ha generado que la opción de adquirir una parcela para destinarla a un uso principalmente residencial sea muchas veces la única alternativa para obtener la casa propia para muchísimas familias de clase media”, concluyó el parlamentario por la Región de Los Lagos.

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